lunes, 22 de junio de 2009

ENTRE LA CRIMINOLOGÍA Y CRIMINALISTICA

AUTOR: JUAN DOMINGO LEÓN ESTRELLA.
Fiscal Adjunto Superior de la Fiscalía Superior Mixta
Descentrlizada de Mariscal Cáceres, Juanjuí – San Martín.

SUMARIO: I. Consideraciones Generales. II. Criminología.III. Criminalística. IV. Bibilografia utilizada.


I. CONSIDERACIONES GENERALES.

El objeto del presente trabajo consiste en definir, desarrollar la diferencia que existe entre la Criminología y Criminalística, diferencia que radica es que el primero estudia al delincuente de las conductas antisociales, buscando que es lo que le llevo a cometer un delito, su forma de pensar, y buscar la prevención de esta conducta criminal, mientras que el siguiente estudia el hecho consumado, es decir el delito, encargándose de comprobar el hecho delictivo mediante las técnicas de investigación por medio de la recolección de indicios en el escenario del hecho, y encontrar al autor de éste. Aspectos que muchas veces se desconoce la diferencia que existe entre ambas disciplinas, así como la relación con la ciencia del Derecho Penal que se ocupa del delito en sentido jurídico de sus elementos normativos, mientras que la Criminología tiene por objeto al estudio de los fenómenos reales del delito, en tanto que la Criminalística es la técnica o arte para descubrir al autor del delito contrario a que el estudio de la Criminología que es la ciencia causal explicativa de la conducta criminal.

II. CRIMINOLOGIA

El estudio y enseñanza de la Criminología ha quedado prácticamente como un patrimonio de los abogados, debido a la preocupación por las investigaciones, que desde un principio han sido para estudiar y solucionar el problema de la criminalidad y de los delincuentes, que según al tiempo ha ido variando como es a fines del siglo pasado XX y al comienzo del presente siglo XXI, que la criminalidad no solamente era de los pobres marginados, de los que están sancionados en los códigos penales y estigmatizados por una sociedad dirigidos por los detentadores del poder, sino que en estas últimas décadas es también la criminalidad de los ricos, de los poderosos, de los que arremeten a la sociedad desde el poder no sólo político sino fundamentalmente económico, como es la delincuencia organizada (el crimen organizada) que constituye hoy en día uno de los flagelos sociales más perniciosos que aquejan a la humanidad, organizaciones que gozan de una aparente ventaja sobre el sistema jurídico penal de cualquier sociedad moderna, que a criterio de los estudiosos de mayor nivel pertenecería este fenómeno a una categorización Criminológica más amplia, como el de la “Asociación Criminal” que se caracteriza por la pluralidad de agentes, que podría analizarse con más detenimiento la posibilidad de su Categorización Criminológica.

La Criminología es un poderoso instrumento para la prevención de los delitos y conductas desviadas dentro de un adecuado marco político-criminal. Prevención que no se puede planificar sin tener en cuenta datos de nuestra realidad que sólo pueden ser aportados por una constante y actualizada investigación; en este sentido, será claro su aporte a una política criminal alternativa que tenga en cuenta las realidades sociales, que abra un proceso real de democratización basada en principios de igualdad y justicia efectiva.

La Criminología Latinoamericana se ha caracterizado, por seguir los modelos positivistas, de análisis biológico y psicológico del delincuente y de los factores en el fenómeno de la criminalidad, que tiene por objeto de estudio la “desviación” que es un concepto mucho más amplio que el de delito. Una conducta desviada puede estar incluida o no, en los Códigos o leyes penales y ser objeto de interés del criminólogo, puede ser o no delito en los términos tradicionales. La criminología positivista, no cuestiona los tipos penales, por el contrario contribuye a una mayor criminalización de los sectores residentes, ya sean sociales o políticos, a los que se consideró peligrosos, por lo que la criminología positivista es la de los pobres y marginados.

La Criminología aborda los factores explicativos de la conducta desviada y la conducta delictiva (robo, homicidio, hurto, etc.). Estos factores pueden ser vistos desde una perspectiva causal como determinantes de orden psicológico, biológico o social o pueden ser estudiados como categorías de orden cultural resultante de procesos de interacción y definición social, complejos en los que intervienen elementos de tipo histórico, político o cultural. Pues no sólo se consideran desviación las acciones criminales, sino también, la prostitución, el alcoholismo, el consumo de drogas, el suicidio, la destrucción del matrimonio, la enfermedad, en especial la enfermedad mental, la ceguera, el sectarismo, el vagabundaje y la pobreza. Sin embargo, una parte de estos fenómenos se ha adscrito de forma tradicional al campo de la investigación y de los problemas criminológicos, designándolos con frecuencia como “aledaños” del delito. De ahí que el concepto de conducta desviada no pueda más que poner ante nosotros, de modo coherente, los abundantes comportamientos que son desaprobados o sancionados negativamente. Pero en la cuestión del injusto criminal y del delito se remite al Derecho Penal.

La Criminología como ciencia se legitima en primer término por su relación con la verdad y su búsqueda. Si embargo, no podemos pasar por alto que en algunas épocas y sociedades la búsqueda de la verdad se descuida, reprime e incluso llega a estar prohibidas. Esto puede ser consecuencia de la censura estatal, además de por medio de investigaciones dependientes del Estado, pero también a través de la misma ciencia. La Criminología procura analizar desde diferentes perspectivas (funcionales y estructurales) las instancias encargadas de reaccionar socialmente contra la desviación y la delincuencia. Es decir, mientras la Criminología se ocupa de hallar el modo de optimizar los mecanismos de control social, la Criminología crítica explora la incidencia en grupos humanos de tales instancias de control, como factor criminógeno. De este último análisis, surge la nueva Criminología o también llamada crítica o radical, la cual desatiende por completo los factores endógenos y exógenos relacionados con la conducta criminal y desviada; dándole mayor importancia al papel de instituciones del gobierno y su incidencia en el control del crimen.

A partir de mediados del siglo XX, se presento un cambio de paradigma en la ciencia Criminológica fijando su atención en los procesos de criminalización, en el ambiente social, pero estudiando también a la víctima. Según García de Pablos, la Criminología moderna se define como: una ciencia empírica e interdisciplinaria, que se ocupa del estudio del crimen, de la persona del infractor, la víctima y el control social del comportamiento delictivo, y trata de suministrar una información válida, contrastada, sobre la génesis, dinámica y variables principales del crimen contemplado este como problema social individual y como problema social, así como sobre los programas de prevención eficaz del mismo, las técnicas de intervención positiva en el hombre delincuente y de los diversos modelos o sistemas de respuesta al delito. Entre otra definición, la Criminología ha de entenderse como la disciplina sociopolítica cuya finalidad esencial es la formulación de una política criminal que permita lo más efectivamente posible la prevención y control de la criminalidad conforme a la exigencias de la libertad, dignidad, igualdad, seguridad individual y colectiva, entendida como esenciales del desarrollo nacional e internacional.

En consecuencia el objeto de la criminología es estudiar al proceso de criminalización y a la realidad de las conductas socialmente dañosas y las situaciones conflictivas y problemáticas. En cuanto a la relación de la Criminología con el Derecho Penal depende de la cooperación que existe entre ambos: la criminología como disciplina examina y explica los hechos, en tanto que el Derecho Penal es una ciencia que elabora normas jurídicas. “El Derecho Penal es ciego sin la Criminología, y la Criminología carece de límites sin el Derecho Penal”.

III. CRIMINALISTICA

La Criminalística es la ciencia forense que estudia el delito como conducta humana y social, investiga las causas de la delincuencia, de la prevención del delito y del tratamiento del delincuente. Realizando tales actividades en el ámbito de la administración de la justicia, el campo penitenciario y la prevención del delito.

La Criminalística es la que proporciona información al ius puniendi, con el objeto de calificar el delito, mediante la explicación de los elementos extrínsecos obtenidos. Con su participación, señala el sendero para la búsqueda y obtención de la prueba, sea éste indiciaria, plena y científica. También se le conoce “como la ciencia que relaciona a los autores con su crimen”. Por lo tanto, entre la definición más común entre la mayoría de los autores es la que se concibe la Criminalística como “una disciplina del Derecho Penal que se ocupa del descubrimiento y verificación científica del delito y del delincuente”.

La relación con la Criminología ha llevado a que existen confusiones respecto al contenido de cada uno de ellas. La Criminalística es una disciplina científica que se ocupa de todo lo relativo al: ¿Cómo se ha producido un hecho criminal?, buscando la prueba para obtener una sentencia justa y objetiva, mientras que la Criminología se encarga del: ¿Por qué del delito?, es decir el estudio de las causas de la criminalidad y la orientación para estudio de las causas de la criminalidad y la orientación para recuperar y reintegrar a la sociedad al autor del delito.

Es decir, ambas ciencias se relacionan entre sí, ya que tienen como fin supremo u objetivo común el estudio del delito y del delincuente a nivel científicos, para el descubrimiento del autor del delito y la graduación de la pena.

La Criminalística es una disciplina explicativa y formalística, que tiene por objeto el descubrimiento y verificación del delito, es decir, que su finalidad consiste en el descubrimiento del delito, del delincuente y de la víctima quien perjudicó el delito, es una disciplina auxiliar del Derecho Penal, que a través de la aplicación de las técnicas y conocimientos científicos a las pesquisas del procedimiento criminal se ocupa del descubrimiento y verificación del delito y del delincuente, que se interrelaciona con el apoyo de otras ciencias, ante y/o cualquier otro oficio profesión para el logro de sus objetivos y finalidad, protegiendo el escenario del crimen, así como el recojo de evidencias materiales de la misma, sistema de identificación personal (papiloscopia, dactiloscopia, pelmatoscopia, fotografía forense, odontografía, etc.); técnicas forense de laboratorio para el análisis de evidencias físicas sean huellas, manchas, restos u objetos provenientes de la escena del crimen (balística forense, biología forense, química forense, ingeniería forense, etc.); métodos para la determinación de armas y proyectiles (balística interna, balística externa y hoplología); conocimientos (medicina forense, balística de efectos); técnicas para el estudio y comparación de documentos y gráfica (documentología y grafotecnia); entre otros que resulta de vital importancia durante el desarrollo del proceso de investigación, especialmente durante la etapa de juzgamiento, que a través de la ratificación de las pericias y el debate pericial, son determinantes para efectos de dictarse la sentencia que corresponda.

Pues con la entrada en vigencia gradualmente del nuevo Código Procesal Penal, y con el aumento de la criminalidad mucho más sofisticado en otras áreas, como por ejemplo en la informática, se requerirá urgentemente la necesidad de profesionales de mayor nivel o técnicos expertos en criminalística en todo el país, y no solamente centralizada como se estila que todo los laboratorios funcionen solo en la capital de la república, sino que también deberá descentralizarse para que en las zonas más alejadas del país, tengan mayor acceso y facilidades del caso para obtener a la brevedad posible los resultados, a fin de que no se dilaten las investigaciones, y originen mayores dificultades para una pronta y correcta administración de justicia.

En efecto, también es necesario hacer presente que en nuestro país a diferencia de otros países latinoamericanos como el de la Argentina, entre otros países, se carece y no existen en nuestro medio una carrera universitaria o técnica exclusiva para la formación profesional de Criminalística y Criminología, a fin de que estudien, adquieran mayor conocimiento y especialidad en esta materia que es muy amplio, y puedan realizar su trabajo con suficiente objetividad y valoración e interpretación de los mismos. Por decir en nuestro país los peritos solamente se desempeñan sobre la base de la experiencia, por cuanto no tienen la formación universitaria o técnica pertinente en donde puedan recibir la enseñanza de los distintos métodos de investigación, leyes, la ética profesional que es lo más importante como es la honestidad, entre otros aspectos, es decir, que los peritos y profesional en esta disciplina deben tener ambas cosas: formación profesional y experiencia, requisitos indispensables para que pueda cumplir su función como auxiliar de la justicia.

Entre otras nociones de la diferencia que existe entre la Criminalística y la Criminología, podemos precisar el siguiente: la Criminalística se ocupa fundamentalmente de determinar en que forma se cometió un delito u quien lo cometió, mientras que la Criminología es la disciplina que se ocupa del estudio del fenómeno criminal, con el fin de conocer sus causas y formas de manifestación; la Criminalística, es la disciplina auxiliar del derecho Penal que se ocupa del descubrimiento y verificación científica del delito y del delincuente, mientras que la Criminología, es la rama del derecho que estudia los aspectos sociales, jurídicos, políticos y policiales del cualquier hecho delictivo; la Criminalística se divide según el lugar donde se realiza la investigación en: a) Criminalística de campo, y b) Criminalística de laboratorio, es una ciencia multidisciplinaria que tiene por objeto determinar el: cómo, cuándo, dónde y quién cometió un hecho delictivo, y para lograr su objetivo, la Criminalística se vale del conocimiento de otras ciencias afines, como: Medicina Forense, Física, Psicología, Abogacía, entre otras; mientras que la Criminología, estudia el ¿por qué?, qué fue lo que llevó al individuo a cometer el delito, por ende la Criminología se debe entender como una disciplina sociopolítica cuya finalidad esencial es la formulación de una política criminal que permite lo más efectivamente posible la prevención y control de la criminalidad conforme a las exigencias de libertad, dignidad, igualdad, seguridad individual y colectiva, estudia los “elementos reales del delito” entendido en el comportamiento psicofísico de un hombre y sus efectos en el mundo exterior, es el conjunto ordenado de la ciencia experimental acerca del crimen del infractor de las normas jurídicas, del comportamiento socialmente negativo y del control de dicho comportamiento.

Entonces, la diferencia que existe entre ambas disciplinas se puede indicar que la Criminalística es independiente de la Criminología, ya que ambos son distintas, esto es porque mientras la primera estudia el cómo, cuándo, dónde y quién cometió un hecho delictivo, la segunda estudia el ¿por qué?, y ¿qué fue lo que llevó al individuo a cometer el delito?.

IV. BIBLIOGRAFIA UTILIZADA


1. Manual de Criminología, autor: Luís Marcó Del Pont. Ediciones Jurídicas – 1997.
2. Criminología, de Wikipedia, La Enciclopedia Libre.
3. Introducción a la Criminología, Editorial Dykinson, Madrid 1988.
4. Objeto y Finalidad de la Criminología. Roció Ramírez Monera y Margarita Cortes Velasco, Saturday, August 06, 2005.
5. Propuesta de la Criminología como carrera profesional, Jorge Torres Manrique, publicación jurídica “El Peruano”, 12-02-08, pag. 7.
6. Doctrina: La Criminalística, César Benavides Cavero, Presidente del Instituto Peruano de Criminalística y Pericias, publicación jurídica “El Peruano”, 04-03-08, pag. 6.
7. Criminalística: Diferencia entre la Criminología y Criminalística, Erica Aquino. Resistencia Chaco-Argentina, ORTA POLEO – Abogados.
8. Derecho Penal – Parte General, Felipe Villavicencio Terreros. Edición 2006, pag. 38 y 41, Edición jurídica Grijley.
9. Concepción Criminológica de la Criminalidad Organizada Contemporánea, Pedro J. Mayor Martínez, edición 1999.